SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0488/2017-S2
Fecha: 22-May-2017
Fragmento 14
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en su elemento al juez natural nombrado con posterioridad al hecho de la causa, a la valoración razonable de la prueba, a la motivación, fundamentación y congruencia, por cuanto dentro del proceso administrativo interno seguido en su contra: i) Mediante RA 04/2016 de 20 de julio; el Gerente General de AAPOS Potosí, designó a la nueva autoridad sumariante que recayó sobre Teresa del Carmen Miranda Ossio, dejando sin efecto la RA 02/2016 de 12 de enero, por el que fue nombrada también en dicho cargo a Rosmery Leytón Linares y que en dicho proceso actuó como Secretaria, dando fe administrativa a los actos de la Autoridad Sumariante, quebrantando así el Reglamento de la responsabilidad por la función pública; y, ii) No obstante haber reclamado esta irregularidad en la vía administrativa por tener vicios de nulidad, desde el juez natural, designado al margen de la ley, a través de los recursos de revocatoria y jerárquico, no tuvo una respuesta coherente, congruente, motivada y fundamentada, manteniéndose la Resolución Sumarial 05/2016 de 7 de diciembre, por el que se determinó en su contra el descuento del 20% de su salario e indicios de responsabilidad civil y penal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- Fragmento 14
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- entre ellos el derecho a un proceso público por un juez natural
- Uno de los elementos esenciales de la garantía del debido proceso es el derecho al juez natural competente, independiente e imparcial; debiendo entenderse por Juez competente aquel que de acuerdo a las normas jurídicas previamente establecidas, conforme criterios de territorio, materia y cuantía, es el llamado para conocer y resolver una controversia judicial; Juez independiente aquel que, como se tiene referido, resuelve la controversia exenta de toda injerencia o intromisión de otras autoridades o poderes del Estado; y Juez imparcial aquel que decida la controversia judicial sometida a su conocimiento exento de todo interés o relación personal con el problema, manteniendo una posición objetiva al momento de adoptar su decisión y emitir la resolución. El cumplimiento de estos requisitos que hacen al juez natural permite garantizar la correcta determinación de los derechos y obligaciones de las personas
- El derecho al juez natural
- Fragmento 19
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- CONFIRMAR