SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0491/2017-S2
Fecha: 22-May-2017
II.3
II.3 Cursa acta de audiencia pública de juicio oral, público, continuo y contradictorio, celebrado el 2 de agosto de 2016, durante cuyo desarrollo los acusados -hoy accionantes-, a través de su defensor planteó incidente de exclusión probatoria de la testigo Lilian Roxana Vargas Miguez, por no estar incluida en la acusación con la que fueron notificados los acusados. Luego del trámite pertinente Cimar Alvarez Wayar y Jhovana Alarcón Durán, Jueces del Tribunal de Sentencia Tercero Penal del departamento de Potosí -hoy codemandados-, (con el voto disidente de Humberto Téllez Alurralde, Juez Técnico del mismo Tribunal), declararon fundado el incidente de exclusión probatoria y en su mérito ordenaron la nulidad de obrados hasta antes de la radicatoria, que la declaración de Ilsen Daniela López Vargas, no sea tomada en cuenta y que el expediente pase a despacho para disponer lo que corresponda; determinación contra la cual reservaron apelación restringida, tanto el abogado de la parte acusada como de la parte acusadora y el representante del Ministerio Público (fs. 325 a 331 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1
- II.2.
- II.3
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Sobre el debido proceso y sus elementos de fundamentación y motivación
- todos los incidentes son objeto de apelación
- III.2.1. Juicio de admisibilidad del recurso de apelación incidental
- CONFIRMAR en todo