SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0510/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0510/2017-S2

Fecha: 22-May-2017

II.8.

II.8.  Concedida la apelación en el efecto devolutivo, la Sala Especializada Contenciosa y Contencioso Administrativo, Social y Administrativa, emitió el Auto de Vista AV-SECCASA-110/2016 resolviendo la apelación, determinando anular obrados hasta “fs. 24”, ordenando regularizar la causa conforme a derecho, fundamentando que el actor no establece con precisión el objeto del proceso; por el contrario, hace una “mezcolanza” de normativa con ideas distintas de la vía administrativa que estuviera normada por la Ley de Procedimiento Administrativo, la vía jurisdiccional por el Código Tributario Boliviano y pretendiendo aplicar la Ley 1340 de manera incongruente, no advertida por el operador de justicia; siendo que la Ley 1340 no está en vigencia por la Disposición Final, acápite novena del Código Tributario Boliviano, lo que implica que los arts. 231 y 232 de la Ley 1340, no son aplicables supletoriamente, para su petición de dejar sin efecto la retención de cuenta bancaria; en sentido que, esta temática no fue objeto de debate en la instancia jurisdiccional, correspondiendo adecuar la acción y precisar cuál el objeto del proceso en la instancia jurisdiccional y la pretensión clara y precisa sobre la base de la normativa vigente, siendo que los Autos emitidos se deben acomodar al Código Tributario Boliviano (fs. 196 a 197 vta.).