SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0530/2017-S1
Fecha: 31-May-2017
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público a instancia de parte por la presunta comisión del delito de robo agravado, , el 7 de abril de 2017, se llevó a cabo la audiencia pública para resolver el incidente de ilegalidad de aprehensión, el cual fue declarado fundado por el Juez de Instrucción Penal Cuarto del departamento de La Paz mediante Resolución 125/2017 de igual fecha; que fue apelado el 12 de igual mes y año al habérsele denegado su solicitud vía complementación y enmienda de determinar responsabilidad de los representantes del Ministerio Público; asimismo, en idéntico día, se llevó a cabo también la audiencia pública de consideración de aplicación de medidas cautelares, en la que el Juez referido determinó la detención domiciliaria para ambos, sin autorización de salidas laborales; por lo que, en la misma interpusieron recurso de apelación en virtud al art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP); sin embargo, hasta la fecha no se remitieron ante el tribunal de alzada ninguno de los antecedentes de los dos recursos de apelación planteados, habiendo transcurrido más de un mes, cuando debieron hacerlo en el plazo de veinticuatro horas de haberlo interpuesto, tal cual señala la disposición señalada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concediendo
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el nuevo contexto constitucional desde una visión plural
- 1)
- III.2.
- III.3 Sobre el cumplimiento de celeridad en la remisión del cuaderno procesal de apelación incidental al tribunal de alzada
- III.4. Respecto a la legitimación de servidores públicos del órgano Judicial
- III.5. Análisis del caso concreto
- a pesar de que dichos actos hayan cesado
- CONFIRMAR