Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0473/2017-S3
Fecha: 01-Jun-2017
II.3.
II.3. Mediante memorial presentado el 3 de abril de 2017, la Fiscal de Materia pidió la suspensión condicional del proceso a favor del hoy accionante (fs. 38 a 40); y ante ello, el Juez ahora demandado por Auto 180/2017 de 6 de igual mes, aceptó lo solicitado, únicamente en relación a la imputación formal de 28 de septiembre de 2016 (fs. 41 a 42).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- REVOCAR