Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0473/2017-S3
Fecha: 01-Jun-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante señala como lesionados sus derechos a la libertad, al debido proceso, al juez natural y al non bis in ídem, toda vez que el Juez ahora demandado, al resolver la solicitud de suspensión condicional del proceso a su favor, tramitó por separado un solo proceso, manifestando que la imputación formal y su ampliación ameritarían la presentación de requerimientos conclusivos independientes; es decir, uno para cada caso dividiendo el caso, por lo que al admitirse la salida alternativa solo en cuanto a una imputación formal, mantiene su privación de libertad.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- REVOCAR