SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0479/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0479/2017-S3

Fecha: 01-Jun-2017

1)

Haciendo uso de su derecho a la réplica, refirió que: 1) Existe una serie de contradicciones, puesto que se indicó que el 12 de abril  -se entiende de 2017- se formuló la denuncia, empero el 11 de ese mes y año se efectuaron actuados del médico forense cuando ni siquiera existía una denuncia; asimismo, sacaron una certificación en la referida fecha, día en el que la Defensoría de la Niñez y Adolescencia no trabajó; 2) Se indicó que su persona “…estaba escapando, quiso darse a la fuga…”  (sic)  cuando más bien quiso dar solución al hecho, debiéndose considerar que la Defensoría de la Niñez y Adolescencia no tiene competencia para decir a quien arrestar; y, 3) “…no adjunta la fecha en que hubiera sido aprehendido...” (sic), habiéndole notificado con el mandamiento de aprehensión a horas 09:40 y con el inicio de investigaciones a horas 14:30.