Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0479/2017-S3
Fecha: 01-Jun-2017
I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
Celebrada la audiencia pública el 13 de abril de 2017, según consta en el acta cursante de fs. 37 a 39 vta., presentes las partes accionante y el “Encargado de la Policía Rural y Fronteriza” de Palos Blancos, así como el representante del Ministerio Público; y, ausente el codemandado, se produjeron los siguientes actuados:
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- Si antes de existir imputación formal, tanto la Policía como la Fiscalía cometieron arbitrariedades relacionadas al derecho a la libertad física o de locomoción, y todavía no existe aviso del inicio de la investigación, corresponde ser denunciadas ante el Juez Cautelar de turno.
- por hechos y circunstancias eventualmente
- una primera
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR