SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0479/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0479/2017-S3

Fecha: 01-Jun-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 12 de abril de 2017 aproximadamente a horas 09:30, cuando se encontraba en las oficinas de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Palos Blancos del departamento de La Paz, a efectos de solicitar una nueva citación para Mario Catari Janco, quien pretendió extorsionarle sin razón alguna, manifestándole que podría ser quien violó a su hija, de forma voluntaria decidió convocar a esa persona, extremo que se evidenció en la notificación de comparendo que tramitó y sacó en las referidas oficinas de la Defensoría Niñez y Adolescencia a efectos de que el nombrado se haga presente el 11 de igual mes y año a horas 09:00, y ante tal incomparecencia acudió nuevamente  “…esta mañana…” (sic) -se entiende el 12 del referido mes y año- y lo encontró.

Posteriormente, Damián Modesto Poma Quispe, Responsable de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Palos Blancos del departamento de La Paz -ahora demandado-  le hizo ingresar a sus oficinas donde se encontraba Mario Catari Janco y les dijo  “…esto vamos a arreglar y que esperemos…” (sic), entonces llamó a la policía, trasladándolo sin ningún motivo ni orden, procediendo a encerrarle en la carceleta de la “Jefatura” Policial Rural Fronteriza del referido municipio, lugar donde hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar se encuentra privado de libertad.