Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0526/2017-S3
Fecha: 09-Jun-2017
Fragmento 9
El art. 125 de la CPE, establece que la acción de libertad se constituye en una acción de defensa oportuna y eficaz, que tiene por finalidad el resguardo y protección de derechos como son la vida y la libertad tanto física como de locomoción, a favor de toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, procesada o privada de su libertad personal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- se impugna una resolución judicial de medida cautelar que; por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada.
- INFORMO INICIO DE INVESTIGACIÓN PRELIMINAR
- Fragmento 13
- III.3.2. Respecto a la detención preventiva dispuesta por el Juez demandado
- CONFIRMAR