Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0533/2017-S3
Fecha: 09-Jun-2017
II.2.
II.2. Mediante Resolución 137/2016 de 27 de septiembre, María Inés Callejas Quintana, Ximena Palacios Fernández y Julio Cesar Rada Vera, Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Primero de Caranavi del departamento de La Paz -ahora demandados- dispusieron declarar infundados los incidentes y la excepción planteada por la parte hoy accionante, por considerar que no fueron sustentados ni fundamentados debidamente, refiriendo que podría hacer uso de los recursos que la ley le faculta (fs. 25 a 28 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Además enfatizó que: ‘…todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al
- y una vez interpuesto el recurso, las actuaciones pertinentes serán remitidas ante el Tribunal Departamental de Justicia, en el término de veinticuatro horas,
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR