Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0533/2017-S3
Fecha: 09-Jun-2017
II.3.
II.3. Por memorial de 31 de octubre de 2016, la defensa del hoy accionante solicitó complementación y enmienda al fallo citado supra, y por providencia de 1 de noviembre de igual año, emitido por la Presidenta del Tribunal de Sentencia Penal Primero de Caranavi del departamento de La Paz, dispuso no haber lugar a la complementación impetrada (fs. 29 y 30).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Además enfatizó que: ‘…todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al
- y una vez interpuesto el recurso, las actuaciones pertinentes serán remitidas ante el Tribunal Departamental de Justicia, en el término de veinticuatro horas,
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR