SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0541/2017-S2
Fecha: 05-Jun-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante sostiene la vulneración de sus derechos al trabajo, estabilidad laboral e inamovilidad laboral de las personas con discapacidad, cónyuges, padre, madre y/o tutor, pues siendo funcionaria del SEDEGES del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz con el cargo de Auxiliar del Área de Bienes y Servicios desde 2015, fue despedida mediante memorándum GADLP/SEDEGES/UAF/RRHH/M-AGR- 046/2016, aspecto que no corresponde por ser ilegal, pues fue excluida del proceso disciplinario que le iniciaron, por lo que se trataría de un despido injustificado, ya que tiene un hijo con discapacidad y está amparada legalmente, por lo que solicita la reincorporación a su fuente de trabajo, más el pago de sueldos devengados y beneficios sociales que correspondan a partir de su retiro ilegal.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Marco normativo y jurisprudencial sobre la inamovilidad laboral de las personas con discapacidad y de quienes tienen a su cargo a esas personas
- A trabajar en condiciones adecuadas, de acuerdo a sus posibilidades y capacidades, con una remuneración justa que le asegure una vida digna
- las personas con discapacidad no pueden ser retiradas de sus fuentes de trabajo
- ninguna persona con capacidad diferente que preste servicios en una institución pública o entidad privada, podrá ser removida de sus funciones, al igual que aquellas que tengan bajo su dependencia a personas con capacidades diferentes
- III.3. Análisis del caso concreto
- concedido en parte
- CONFIRMAR en todo