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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0541/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0541/2017-S3

    Fecha: 19-Jun-2017

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • III.1.   Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
    • la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
    • III.2.  El apremio en asistencia familiar procede previa notificación legal e intimación al obligado con la liquidación o que dicho actuado cumpla su finalidad. Jurisprudencia reiterada
    • la notificación con la conminatoria tiene la finalidad de dar oportunidad al obligado, para pagar la obligación pendiente, o en su caso formular las observaciones a la liquidación o presentar pruebas de eventuales pagos directos, por ello el legislador ha previsto su legal notificación que debe cumplir con el objetivo de que el obligado se entere de la obligación
    • i)
    • III.3.2.
    • CONFIRMAR

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