Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2017-S2
Fecha: 05-Jun-2017
Fragmento 13
A su vez la SCP-0967/2014 de 23 de mayo manifestó: “El art. 180.II de la CPE, refiere que: ‘Se garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales’, y conforme el art. 410.II de la Norma Suprema, el bloque de constitucionalidad está integrado por los Tratados y Convenios internacionales. Así, la Convención
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1.
- Fragmento 13
- III.2. El derecho a la impugnación y su vinculación con el derecho a la defensa en la vía administrativa
- III.2. Análisis del caso concreto.
- Fragmento 16
- CONFIRMAR en todo