SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0560/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0560/2017-S3

Fecha: 19-Jun-2017

i)

Franz Iván Valdez Torrico, Alcalde; Dery Egüez Soliz, Secretario; y, Teodoro Saaravia Martínez, Jefe de RR.HH., todos del Gobierno Autónomo Municipal de Camiri, mediante informe presentado el 11 de mayo de 2017, cursante de fs. 104 a 108, y en audiencia manifestaron que: i) Plantearon recurso de revocatoria contra la Conminatoria de reincorporación, el cual se encuentra pendiente de resolución; ii) El Jefe Regional de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Camiri, no analizó las pruebas que presentaron para demostrar que hubo abandono de funciones por seis días, por lo que esa resolución carece de legalidad y fuerza probatoria, infringiendo el art. 4 incs. c), d), f) y h) de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA); iii) Los dos primeros nombrados no fueron notificados con ninguna Resolución de reincorporación razón por la cual no se les puede acusar de incumplimiento alguno, debiendo ser excluidos de la presente acción tutelar; y, iv) Aclararon que no se trata de retiro ilegal sino de abandono voluntario e ilegal en el que incurrieron las ahora accionantes, quienes no presentaron su solicitud de permiso ni de vacaciones pese a tener pleno conocimiento del Reglamento de la institución, conforme estableció al respecto la SCP 0479/2006-R de 19 de mayo, por lo que no corresponde instaurar un proceso, solicitando se deniegue la tutela pedida;