Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0567/2017-S3
Fecha: 19-Jun-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante en su condición de socio de la Cooperativa de Transportes “German Moreno Ltda.”, refiere que los hoy demandados vulneraron sus derechos a la defensa, al debido proceso y a “la seguridad jurídica”, toda vez que en la sustanciación de un proceso al que fue sometido, sin fundamentación y explicación de las razones de la decisión, por RA 07/2016 se le impuso como sanción su alejamiento indefinido de ejercer su trabajo como transportista en la ruta Montero a Santa Cruz de la Sierra, cambiándole a la ruta de Montero a Guabirá, infracción que corresponde ser impuesta a los nuevos socios, mas no a los socios antiguos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- subsidiario porque no es posible utilizarlo si es que previamente no se agotó la vía ordinaria de defensa
- por su carácter subsidiario, concluyendo que la misma no procederá cuando:
- principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional, supone que esta no podrá activarse mientras no se agoten otros medios o recursos legales que permitan la protección del o los derechos de la persona interesada
- III.2.
- aclarando que en caso de existir pluralidad de sujetos agraviantes, se entiende que la acción deberá ser dirigida contra todos los que presuntamente incurrieron en los actos u omisiones ilegales o indebidos que se denuncia
- el accionante debe demostrar esa vinculación entre la autoridad o particular demandado y el acto que impugna
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR