SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0576/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0576/2017-S2

Fecha: 05-Jun-2017

III.5.  Análisis del caso en examen

En el presente caso, el accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en su componente de fundamentación y congruencia, a la defensa y a la “seguridad jurídica”; alegando que, dentro del proceso investigativo seguido en su contra por el Ministerio Público, la Fiscal de Materia rechazó la denuncia presentada por Cesilio Rodríguez Vera; sin embargo, la autoridad demandada mediante Resolución Jerárquica FDC/ERVA OR-OD 331/2016, revocó dicha determinación, sin efectuar una adecuada fundamentación, incorporando otros fundamentos muy distintos a los observados y peticionados por la parte denunciante, aspecto que derivó a que la autoridad jurisdiccional emita imputación formal en su contra que le afecta gravemente.

De la respectiva compulsa de los antecedentes que han sido remitidos a este Tribunal, se ha evidenciado que, el 28 de enero de 2015, Cesilio Rodríguez Vera, presentó denuncia formal ante la Fiscalía de Departamental de Cochabamba contra Javier Gastón Bermúdez Yañez, accionante, por la presunta comisión del delito de falsedad ideológica, previsto y sancionado por el art. 199 del CP; producto de ello, el Fiscal de Materia asignado al caso, el 2 de febrero del mismo año, informó al Juez de Instrucción Penal de turno sobre el inicio de investigaciones con relación a la denuncia formulada.

No obstante, el 30 de diciembre de 2015, la citada autoridad fiscal presentó ante el Juez de Instrucción Penal Segundo del departamento  de Cochabamba, resolución de rechazo de la denuncia interpuesta por Cesicilio Rodríguez Vera contra el accionante, alegando que, de las investigaciones llevadas a cabo, no se pudo recolectar mayores elementos de convicción para que el Ministerio Público, pueda fundar una resolución de imputación contra él o los autores; motivo por el cual, el denunciante impugnó la resolución de rechazo por ser injusta y arbitraria, al no haberse tomado en cuenta los datos y elementos de convicción aportados; situación que dio lugar a que el Fiscal Departamental de Cochabamba, pronuncie la Resolución Jerárquica FDC/ERVA OR-OD 331/2016, mediante la cual resolvió revocar la merituada resolución de rechazo de 30 de diciembre de 2015, disponiendo en consecuencia la prosecución de la investigación, disponiendo que en el plazo de veinticuatro horas, se ponga en conocimiento del Juez que ejerce el control jurisdiccional.

Ahora bien, establecidos los antecedentes procesales, se advierte que la parte accionante en el presente caso, cuestionó la Resolución Jerárquica FDC/ERVA OR-OD 331/2016, emitida por el Fiscal Departamental, denunciando falta de fundamentación y congruencia; no obstante de ello, de obrados se establece que no fue el accionante, quien impugnó el rechazo de la denuncia, debido a que dicha Resolución le favorecía; por ello, a efectos del contraste, este Tribunal efectuará una revisión de los aspectos cuestionados en el memorial de acción de amparo constitucional presentado, en relación a la expresión de ofensas o agravios que contiene el memorial de objeción al rechazo, interpuesto por el denunciante Cesilio Rodríguez Vera, y el fallo emitido por el Fiscal Departamental; es decir, la Resolución Jerárquica FDC/ERVA OR-OD 331/2016.