Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0578/2017-S3
Fecha: 19-Jun-2017
II.1.
II.1. Cursa el registro del libro de parte diario de la FELCC de la Radial Diecisiete y medio, firmado por Víctor Rocha Vega; correspondiente al 3 y 4 de mayo de 2017, en el que se indica que a horas 19:30 se hicieron presentes seis efectivos policiales del grupo de inteligencia de CEIP a cargo de Freddy Ortega, con cuatro aprehendidos por el delito de robo agravado: Alan Rapre Vásquez de 27 años; Jorge Carlos Romero Azari de 25 años; Álvaro Justiniano Parada de 19 años -ahora accionantes- y Royer Paul Valdelomar Rojas de 30 años, quienes fueron consignados en celdas policiales (fs. 24 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos. De no ser así, se estaría desconociendo el rol, las atribuciones y la finalidad que el soberano a través del legislador le ha dado al juez ordinario que se desempeña como juez constitucional en el control de la investigación”
- III.2. Análisis del caso concreto
- en fecha 04 de Mayo de 2017 a horas 10:44 el suscrito presenta imputación formal
- CONFIRMAR