SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0578/2017-S3
Fecha: 19-Jun-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denuncian la vulneración de sus derechos a la libertad y al debido proceso, puesto que fueron aprehendidos por funcionarios policiales “de inteligencia”, acusados de ser presuntamente autores del delito de robo agravado, sin exhibir ninguna orden o mandamiento de aprehensión expedido por autoridad competente y tampoco fueron sorprendidos en flagrancia, por lo cual acusan de nulidad el procedimiento de aprehensión y el hecho de que fueron privados de libertad durante más de cuarenta y ocho horas en celdas de la FELCC de la Radial Diecisiete y medio de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, sin conocer en qué calidad se encontraban, puesto que no prestaron su declaración informativa policial y menos se señaló audiencia para resolver su situación jurídica.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos. De no ser así, se estaría desconociendo el rol, las atribuciones y la finalidad que el soberano a través del legislador le ha dado al juez ordinario que se desempeña como juez constitucional en el control de la investigación”
- III.2. Análisis del caso concreto
- en fecha 04 de Mayo de 2017 a horas 10:44 el suscrito presenta imputación formal
- CONFIRMAR