Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0582/2017-S3
Fecha: 26-Jun-2017
II.1.
II.1. Dentro del proceso por pago de sueldos devengados seguido por Antonio Matilde Vega Sosa y Adrián Pedraza Pedraza, por sí y en representación legal de Amilcar Rivero Butrón y otros, contra el Gobierno Autónomo Municipal de Cotoca representada legalmente por Wilfredo Añez Carrasco -hoy accionante-, la Jueza de Partido del Trabajo y Seguridad Social Segunda de la Capital del departamento de Santa Cruz -ahora demandada- libró mandamiento de apremio contra el último de los nombrados, por el incumplimiento del pago de la suma de Bs1 621 404.- (un millón seiscientos veintiún mil cuatrocientos cuatro bolivianos) por concepto de sueldos devengados (fs. 2).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad e inadmisibilidad de acudir a dos jurisdicciones de forma simultánea
- respecto a la prohibición de activación paralela de las jurisdicciones constitucional y ordinaria
- III.2. Análisis del caso concreto
- y le dice señora Juez no tenemos recurso para asumir una controversia judicial y que nos responde la juez, que le va a dar el procedimiento que establece el Cód.
- memorial -recurso de reposición bajo alternativa de apelación-, que a decir del propio accionante