SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0587/2017-S2
Fecha: 19-Jun-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El representante, denuncia la vulneración del derecho a la libertad por procesamiento indebido del accionante, debido que la autoridad judicial demandada dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público, emitió mandamiento de aprehensión para que sea conducido y se someta a la audiencia de revocatoria de medida sustitutiva, sin tomar en cuenta que la audiencia de revocatoria de las medidas impuestas se suspendió debido a que el cuaderno de control jurisdiccional se encontraba en el Juzgado Octavo de Sentencia Penal, donde se estaba llevando a cabo a la misma hora la acción de libertad. Mandamiento que fue emitido sin una resolución previa de declaratoria de rebeldía, además de haber perdido competencia en la causa por cuanto el Ministerio Público presento acusación formal contra el procesado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- deniega
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- El informalismo
- III.2. De la facultad de
- Por otra parte, el art. 129 inc. 2) del CPP, establece que la autoridad judicial está facultada para emitir mandamientos de aprehensión en caso de desobediencia a órdenes judiciales, y el art. 224 del mismo cuerpo legal, faculta a la autoridad competente emitir mandamiento de aprehensión en caso de incomparecencia injustificada a una citación efectuada
- cambio ante negligencia o desobediencia que a juicio de la autoridad judicial no amerite la declaratoria de rebeldía es posible que en virtud al principio de celeridad la autoridad judicial habiendo constatado la legal citación del imputado emita directamente mandamiento de aprehensión,
- o bien la emisión directa del mandamiento de aprehensión para que el imputado sea conducido ante su autoridad evitando que el proceso se dilate
- III.3. Análisis del caso concreto
- la autoridad judicial también tiene las facultades legales para emitir directamente mandamiento de aprehensión contra el imputado que habiendo sido citado no comparezca a una audiencia por negligencia o que denote ánimo de dilatar la tramitación de la causa pero no fugarse, mandamiento que será emitido con la única finalidad de que el citado sea conducido ante dicha autoridad, para poder llevar a cabo la misma,
- REVOCAR en todo