SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0598/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0598/2017-S3

Fecha: 26-Jun-2017

i)

Nancy Janeth Álvarez Claros, ex Fiscal Departamental de Cochabamba, en audiencia de la acción de amparo constitucional señaló que: i) Las presuntos actos ilegales denunciados por el accionante son afirmaciones falsas no contenidas en la Resolución Jerárquica; ii) La Resolución que declara la extinción de la acción penal por prescripción fue objeto de apelación, radicando en la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, por lo que dicha Resolución no estaría ejecutoriada; iii) El art. 279 del CPP señala que los Fiscales no pueden realizar actos jurisdiccionales ni los jueces actos de investigación, en ese sentido los fiscales no pueden manifestarse sobre la prescripción, dado que esta es una facultad de la autoridad jurisdiccional; y,      iv) El accionante no reclamo a la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, donde radicó la apelación a la extinción de la acción penal, para que esta resuelva de forma inmediata dicha apelación, mas al contrario de forma directa plantea la acción de amparo constitucional, olvidándose del principio de subsidiariedad.