SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0600/2017- S2
Fecha: 19-Jun-2017
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional en su Sala Segunda, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 44.2 del Código Procesal Constitucional, en revisión resuelve: REVOCAR la Resolución, cursante de fs. 34 a 35 y vta., pronunciada por la Sala Segunda del Tribunal Departamental de Cochabamba, y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, en aplicación de la acción de libertad traslativa o de pronto despacho, y solo respecto a la no remisión de actuados de las apelaciones planteadas por el accionante, y la falta de celeridad en la tramitación de la causa en la que incurrieron, Carmen Ticona Aranda, Jueza de Instrucción Penal Sexto del departamento de Cochabamba y Richard Rodríguez Flores, Juez de Instrucción Penal Primero de Sacaba.
- Fragmento 1
- I.1.1
- I.2.1.
- Carmen Ticona Aranda, Jueza de Instrucción Penal Sexta del departamento de Cochabamba
- Diomedes Javier Mamani, ex Juez de Instrucción Penal Segundo de Sacaba,
- Carlos Orlando Torrez Suzaño
- II.2
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 11
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- El informalismo
- III.4.
- III.5. Recaudos de ley y el principio de gratuidad en la administración de justicia
- la única oportunidad procesal para desistir o retirar la acción de libertad, es hasta
- después de cumplidas las formalidades procesales- ésta (la audiencia pública) no puede suspenderse en ningún caso
- Fragmento 18
- Fragmento 19
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