Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
sENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0607/2017
Fecha: 19-Jun-2017
II.4.
II.4. El accionante el 3 de mayo de 2016, se dirige nuevamente al Director Nacional a.i. del INRA, y formula recurso jerárquico contra el Memorándum UGRH-MB 001/2016 y la RA 027/2016, pidiendo la nulidad de ambos actos administrativos por falta de motivación y congruencia (fs. 100 a 107 vta. del Anexo 1).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 4. Relación de los hechos.
- empero, la exigencia de exponer el nexo de causalidad entre estos, al ser una exigencia de fondo, podrá ser enmendada incluso en la audiencia de garantías a tiempo fundamentar su acción tutelar; y de no hacerlo corresponderá al juez de garantías denegar la tutela solicitada,
- III.2. La importancia de un petitorio relacionado con los hechos de la causa
- Fijar con precisión la tutela que se solicita para restablecer los derechos o garantías restringidos, suprimidos, amenazados o vulnerados
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR