sENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0607/2017
Fecha: 19-Jun-2017
III.3. Análisis del caso concreto
Por lo manifestado en su memorial de amparo constitucional, el accionante alegó la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus elementos de motivación ante la ausencia de valoración integral de la prueba, tutela judicial efectiva y congruencia, mencionando que el Director Nacional a.i. del INRA, lo destituyó del cargo de Asistente Administrativo Financiero del INRA-Departamental de Tarija, sin tomar en cuenta que habría ingresado a dicha institución mediante convocatoria pública interna, por tanto sería funcionario de carrera, por lo que su destitución debió ser previo proceso; y que habiendo formulado el recurso de revocatoria, este fue rechazado sin ninguna motivación y congruencia, ocurriendo lo mismo con la Resolución jerárquica, argumentos que han sido reiterados en la audiencia de garantías.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 4. Relación de los hechos.
- empero, la exigencia de exponer el nexo de causalidad entre estos, al ser una exigencia de fondo, podrá ser enmendada incluso en la audiencia de garantías a tiempo fundamentar su acción tutelar; y de no hacerlo corresponderá al juez de garantías denegar la tutela solicitada,
- III.2. La importancia de un petitorio relacionado con los hechos de la causa
- Fijar con precisión la tutela que se solicita para restablecer los derechos o garantías restringidos, suprimidos, amenazados o vulnerados
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR