SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/2017-S1

Fecha: 27-Jun-2017

II.3.

II.3.    Auto de Vista de 23 de marzo 2017 emitido por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, donde se declaró procedente la apelación, revocando el Auto Interlocutorio 106/2016, emitido por el Juez de Instrucción Penal Tercero, en consecuencia rechazó la objeción a la querella realizada por Juan Carlos Zabala Romaña en el cual se advirtió lo siguiente: a) Solo se mencionó la doctrina aplicable a la estructura del delito, la que más se utiliza, para realizar su fundamentación; b) No se realizó un análisis del delito de incumplimiento de deberes; y, c) Señalaron que “si con el supuesto incumplimiento de deberes se causó un daño económico a la madre de la víctima del accidente de tránsito, según lo previsto en el art. 76.2 del CPP, ella por ser madre es considerada víctima o sea, es sujeto pasivo mediato por ser una particular que sufre detrimento económico” (sic)                 (fs. 117 vta.).