SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0618/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0618/2017-S3

Fecha: 26-Jun-2017

ii)

                                        ii)      “El A-quo debe determinar con fundamento probatorio la concurrencia de los riesgos procesales de fuga, no solo avocarse subjetivamente a señalar de que existirían riesgos procesales y por ello se deben dar por acreditados, en lo que concierne los elementos probatorios presentados por mi persona para desvirtuar la concurrencia del riesgo procesal, estos no han sido valorados…” (sic), refiriendo de esta forma la falta de valoración de la carta de renuncia, y las actas de declaración informativa policial de Eliana Echalar Aguilar y Consuelo Salinas Montalvo; y,