SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0618/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0618/2017-S3

Fecha: 26-Jun-2017

irrazonabilidad en la valoración probatoria

En el caso concreto, respecto a la denunciada irrazonabilidad en la valoración probatoria efectuada por los Vocales demandados, de la lectura del Auto de Vista 133/2017, no se advierte que la valoración probatoria desplegada respecto a los elementos de convicción referidos por el ahora accionante -renuncia a la empresa “TIGO STAR” y declaraciones informativas de Eliana Echalar Aguilar y Consuelo Salinas Montalvo- se haya apartado de los marcos legales de razonabilidad y equidad, advirtiéndose más al contrario la existencia de un análisis razonable y coherente de los antecedentes fácticos y los elementos de convicción en los que basaron la decisión asumida, refiriendo de forma concreta que los elementos probatorios indicados no desvirtuaron los motivos que fundaron la concurrencia del riesgo procesal del art. 234.10 del CPP.