Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0625/2017-S2
Fecha: 19-Jun-2017
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 02/2017 de 4 de mayo, cursante de fs. 83 a 86, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Numesterio Mamani Condori contra Sandalio Solares Herrera, Delfina Mamani Sullcani, Saturnino Álvarez Choque, Victoria Coria Sullcani, Modesto Quispe Ticona y Marcelino Quispe Peralta, miembros de la Directiva de la Asociación de Comerciantes Minoristas del Mercado “Sagrado Corazón de Jesús” Sector “B”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2
- II.3
- II.4.
- II.5.
- II.6
- II.7
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0625/2017-S2
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa, así: a) cuando se planteó el recurso pero de manera incorrecta, que se daría en casos de planteamientos extemporáneos o equivocados y b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución.
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR