SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0632/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0632/2017-S2

Fecha: 19-Jun-2017

denegó

La Jueza Publica Civil y Comercial Vigésima Octava del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, a través de la Resolución 207/2017 de 8 mayo, cursante de fs. 231 a 234, denegó la tutela solicitada; argumentando que: 1) La decisión de la Jueza demandada, se sustenta en la autonomía de la voluntad de las partes suscribientes del contrato, que establecieron como medios para la solución de conflictos la conciliación y el arbitraje, y se encuentra razonablemente explicado del porque la anulación del Laudo Arbitral; por tanto, no existió vulneración al debido proceso sustantivo ni a la tutela judicial efectiva; 2) La acción de amparo constitucional no se constituye en una instancia casacional, por la que se pueda revisar la incorrecta interpretación y aplicación de las normas sustantivas o procesales, a no ser que se demuestre que en esa labor se hubiese vulnerado derechos y garantías constitucionales; por tanto, no se puede entrar a realizar la valoración del fondo de la problemática y declarar la nulidad de la Resolución impugnada; 3) A través de la acción de amparo constitucional no se pueden tutelar principios ni dirimir hechos controvertidos, que como en el presente caso, surgen a raíz de conflictos en el cumplimiento de un contrato, sino que debe recurrirse a los mecanismos ordinarios como el proceso contencioso administrativo o los previstos en el contrato; y, 4) La Jueza demandada solo hizo respetar el acuerdo emergente de la autonomía de la voluntad de los contratantes que recurrieron a la vía del arbitraje.