SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0632/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0632/2017-S2

Fecha: 19-Jun-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 15 de abril de 2013, suscribió el contrato MHE N°040-13-Construcción de Obras con el Ministerio de Hidrocarburos y Energía a través del Viceministerio de Electricidad y Energías Alternativas (VEEA) para la realización del “Proyecto de Electrificación Rural Cochabamba – Fase V Zona Andina”; por el cual, otorgó en favor de la entidad contratante dos Boletas de Garantía de cumplimiento de contrato, una por Bs599 280.- (quinientos noventa y nueve mil doscientos ochenta bolivianos) y otra por Bs837 430.- (ochocientos treinta y siete mil cuatrocientos treinta bolivianos); posteriormente, a través de una nota de 29 de octubre de 2013, comunicó a la entidad contratante la resolución del contrato por el incumplimiento sistemático de sus obligaciones contractuales y solicitó la baja de las boletas de garantías; por su parte, la referida entidad contratante a través de nota del 18 de noviembre del mismo año, le comunicó la resolución del contrato por realizar actividades no aprobadas o autorizadas por supervisión; ante esa controversia, recurrió a la instancia de conciliación y el 9 de mayo de 2014 el conciliador –Edgar Ampuero Angulo- emitió su decisión declarando terminado el contrato debido a los incumplimientos por parte del VEEA e instó a las partes a formalizar la resolución del contrato; pese a ello, el referido Viceministerio le comunicó la resolución del contrato, por abandono de la obra por más de veintiocho días calendario y ejecutó las boletas de garantía.