SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0641/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0641/2017-S3

Fecha: 30-Jun-2017

a)

La parte accionante ratificó el tenor íntegro de su memorial de acción de cumplimiento, y ampliando el mismo, señaló que: a) A la fecha se emitieron los testimonios reclamados, a consecuencia de la interposición de la presente acción tutelar; b) No es aceptable que la autoridad judicial ahora demandada con el argumento de la existencia del conflicto de límites entre los Gobiernos Autónomos Municipales de Chimoré y de Puerto Villarroel, ambos del departamento de Cochabamba, retarde la emisión de testimonios dispuestos por las Sentencias ejecutoriadas, dentro de los cuatro procesos de usucapión decenal presentados; c) El Juez y el Secretario ahora demandados, dentro de los referidos procesos, con el temor de ser denunciados ante el Consejo de la Magistratura por el Alcalde del citado Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Villarroel o por los dirigentes de la Federación Sindical de Trabajadores Campesinos de Carrasco Tropical y con el argumento que les seguirían procesos disciplinarios, retardaron la emisión de testimonios reclamados; d) No es cierto que los testimonios hubieran sido emitidos en las fechas que refiere en su informe el Secretario hoy codemandado, sino después de conocida la interposición de la presente acción de cumplimiento, por cuanto no es lógico a sabiendas de la extensión de dichos testimonios, tengan que activar el mencionado mecanismo constitucional con el fin de hacer perder el tiempo del Juez de garantías; y, e) Reconociendo que en la actualidad ya fueron expedidos los testimonios reclamados, pidió resolver la presente acción de defensa conforme a derecho.