SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0660/2017-S3
Fecha: 30-Jun-2017
a)
La accionante por medio de su abogado, ratificó el contenido de su memorial de acción de libertad, y ampliándolo manifestó que: a) Mientras se encontraba en trámite el recurso de casación interpuesto por la parte contraria, presentó una solicitud de extinción de la acción penal por prescripción, la cual no fue resuelta; asimismo, existe una acción constitucional presentada contra el Auto Supremo que confirmó la Sentencia condenatoria en su contra; b) Se incurrió en indebido procesamiento al no haberse tramitado adecuadamente la audiencia de incidente de “inexistencia de riesgos procesales”, en la que las autoridades judiciales ahora demandadas sin la presencia de su abogado modificaron el objeto de la audiencia otorgándole plazo hasta las 18:30 para presentar un memorial; y, c) Ante la lesión de derechos en el verificativo de referencia, presentó un memorial pidiendo que se reconduzca la audiencia y se tramite la excepción de extinción de la acción penal pendiente de resolución, “…pudiendo ser negativa la solicitud de excepción, se tramite la suspensión condicional de la pena…” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- improcedente
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13
- que excepcionalmente los jueces y tribunales de garantías y el Tribunal Constitucional, pueden resolver una acción de libertad
- CONFIRMAR