AUTO CONSTITUCIONAL 0238/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0238/2017-RCA

Fecha: 06-Jul-2017

II.3.Análisis del caso concreto

La Empresa accionante denuncia que se vulneraron sus derechos a la petición y a la fundamentación y motivación, así como al principio de verdad material, debido a que la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1009/2016, consintió la Resolución Determinativa 1700001/2016 de 19 de enero, tras haber ratificado la Resolución del Recurso de Alzada 0440/2016, la cual no consideró una irregularidad en la declaración de las facturas 974 y 1872 del Ministerio de Obras Públicas Servicios y Vivienda en el libro de compras ante el SIN, por un monto equivalente a Bs1 650 878, como tampoco tomó en cuenta que parte de ese monto ya se encontraba consignado en la póliza de importación de ascensores; por lo que, existiría una doble carga tributaria. A efectos de dicha denuncia, solicitó que se revoque la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1009/2016, así como, en su memorial de subsanación solicitó la revocatoria de la Resolución Determinativa 17-00001-2016 y la Resolución del Recurso de Alzada 0440/2016.

La Jueza de garantías observó esta demanda indicando que la Empresa accionante debía establecer la forma en que se hubieran conculcado derechos y garantías constitucionales con el acto impugnado, estableciendo el vínculo de causalidad entre los derechos y garantías vulnerados y dicho acto cuestionado; sin embargo, ésta no corrigió su demanda de acuerdo a dicha observación, porque no identificó el nexo causal entre los derechos presuntamente vulnerados y la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1009/2016; se advierte también que, en el  memorial de subsanación amplió su petitorio solicitando la revocatoria de las Resoluciones de Recurso de Alzada 0440/2016 y Resolución Determinativa 00001/2016, como se indicó supra, habiendo omitido igualmente relacionar el nexo causal entre los derechos presuntamente conculcados y las indicadas Resoluciones.

Sobre el derecho a la motivación y fundamentación, escasamente señaló que la Resolución Jerárquica AGIT-RJ 1009/2016 no valoró el contrato 124, ni su modificatorio, como tampoco la póliza de importación; sin embargo, no argumentó suficientemente como para establecer el nexo causal entre la referida vulneración de derechos y la indicada Resolución Jerárquica y mucho menos con relación a las otras Resoluciones de las cuales solicitó su revocatoria. Finalmente, en cuanto al principio de verdad material, se limitó a citar jurisprudencia constitucional, además de normativa legal que trata dicho principio, pero no demostró la relación de causalidad entre la presunta vulneración de derechos y las tres Resoluciones de las cuales solicitó su revocatoria.