Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2017
Fecha: 20-Jul-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
En sujeción a la DCP 0178/2015, Santiago Picha Quintanilla, Presidente del Concejo Municipal de Poroma, adjuntando el proyecto de Carta Orgánica del mencionado Municipio, consideró que fueron salvadas las observaciones formuladas en la Declaración Constitucional Plurinacional antes señalada; y en virtud de haber sido declarados incompatibles varios artículos de la misma; en consecuencia, sostiene que el referido proyecto se adecuó conforme la Constitución Política del Estado; por lo cual, solicita un nuevo control previo de constitucionalidad sobre éstos.
- I.1. Contenido de la consulta
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- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- se infiere que el control previo siguiente, solo recaerá sobre aquellas regulaciones declaradas incompatibles, dado el carácter concordante de aquellas otras previsiones del proyecto original declaradas compatibles con la Constitución Política del Estado
- III.2.
- Del texto anterior
- Del texto con adecuaciones
- Control previo de constitucionalidad
- Análisis
- Artículo 23.
- Artículo 23. IMPEDIMENTOS PARA EJERCER EL CARGO DE AUTORIDADES
- Es nación y pueblo indígena originario
- representante de los pueblos indígenas
- Artículo 32. ATRIBUCIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL
- Artículo 74. DISTRITO MUNICIPAL DE LAS NACIONES Y PUEBLOS INDIGENA ORIGINARIO CAMPESINOS
- generar
- deber de garantizar
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