DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2017

Fecha: 28-Jul-2017

II.2.

II.2.  Mediante Resolución 01/2016 de 26 de octubre, emitida por René Copa Cari, Marka Irpiri Mallku, Florentina Quispe Choquetopa Marka Irpavi Talla y Eugenio Gonzáles Mendoza, Casique Territorial todos del Marka Pampa Aullagas, provincia Ladislao Cabrera del departamento de Oruro, resolvieron la denuncia interpuesta por Eulogio Cruz Chaca, Berta Mamani Gonzáles y Francisco Mamani Chaca, sobre tierras prometidas en una extensión de              76 ha y/o compensación económica a favor del primer nombrado; determinando la veracidad de la denuncia, manifestando lo siguiente:

Que Eulogio Cruz Chaca es comunario activo permanente con domicilio y vivienda que ocupa junto a su familia situada en la propia comunidad de Chita Chita del Ayllu Taca Pampa Aullagas, quien además fue autoridad originaria en representación de la comunidad de Chita Chita en la gestión 2013, hace aportaciones a la comunidad en el área de educación, control y gestión social, tiene actividades de ganadería y agricultura, y en dicho lugar no se advierte la presencia de otras personas o familias; por consiguiente, dispusieron lo siguiente: