Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0655/2017-S1
Fecha: 12-Jul-2017
II.1.
II.1. Memorial de 15 de febrero de 2017, presentado por Zvonko Matkovic Ribera –ahora accionante– dirigido al Presidente del Tribunal de Sentencia Penal Primero –ahora demandado–; por el cual, solicitó revisión médico forense, amparado en los derechos a la petición y a la salud consagrados en los arts. 18 y 24 de la CPE, con el objetivo de validar los estudios clínicos y el plan de rehabilitación particulares adjuntos; el cual fue decretado el 16 del citado mes y año: “Expídase conforme se pide por razones de salud y sea con conocimiento de partes. Y sean previas las formalidades de ley” (fs. 26 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica, alcances y presupuestos de activación de la acción de libertad
- al no responder hasta la fecha su solicitud de ser internada a un centro de salud mental; al respecto, cabe aclarar que este derecho fundamental no es objeto de tutela de la acción de libertad conforme a su naturaleza jurídica analizada en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia, sino más bien de la acción de amparo constitucional; razón por la que, no corresponde ingresar al análisis de dicha denuncia
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR