SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0681/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0681/2017-S1

Fecha: 19-Jul-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En el proceso de reivindicación de un terreno agrícola en la localidad de Fragua, municipio de Las Carreras del departamento de Chuquisaca, que instauró contra Lucio, Paulino, Dionicio, Rosemary y Ana, todos Gonzáles Narváez e Isabel Paredes de Gonzáles, quienes en forma arbitraria ingresaron a su terreno, avasallando el mismo; dicho derecho se encuentra plenamente consolidado, ya que en proceso de saneamiento elaborado por el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) se le otorgó el titulo ejecutorial SPP-NAL-008612, inscrito en el registro de Derechos Reales (DD.RR.), Regional Camargo, con matricula computarizada 1091060000027, bajo el asiento A-1 de 3 de febrero de 2004, con esos antecedentes el Juez Agroambiental de Camargo del departamento aludido, pronunció la Sentencia 004/2016 de 15 de agosto, declarado probada la demanda de reivindicación en base a toda la prueba documental presentada, testifical, inspección judicial y pericial.

Alega que, el Auto Nacional Agroambiental Sa 2a 066/2016 de 10 de octubre, ahora impugnado, no se ajusta a los estándares mínimos internacionales de protección de los derechos fundamentales, porque las autoridades judiciales demandadas al emitirla incurrieron en una vía de hecho, porque dicho fallo presenta defectos facticos y defectos sustantivos, por lo tanto no cumple con las condiciones de validez constitucional y legal, no se efectuó una correcta valoración de la prueba presentada, en especial, la testifical y documental; carece de fundamentación y motivación debida, a consecuencia de ello, cuenta con una disidencia. Además, la SCP 1514/2012 de 24 de septiembre, que se cita tiene origen en un proceso interdicto de retener la posesión, y por lo tanto, no es aplicable al caso de reivindicación, mucho menos vinculante.