Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0681/2017-S1
Fecha: 19-Jul-2017
II.2.
II.2. El 10 de Octubre de 2016, la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental dentro del proceso antes mencionado, por Auto Nacional Agroambiental Sa 2a 066/2016, declaró infundado el recurso de casación en la forma y en cuanto al fondo casó la Sentencia Agroambiental 004/2016 de 15 de agosto, pronunciada por el Juez Agroambiental de Camargo del departamento de Chuquisaca; y, deliberando en el fondo, declaró improbada la demanda reivindicatoria interpuesta por Raúl Narváez Avilés, con costas; sin multa al administrador por ser excusable (fs. 41 a 45 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.3. Intervención de terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- III.3.Denegatoria de acción de amparo constitucional por identidad de sujetos, objeto y causa
- la interposición de un nuevo recurso sobre los mismos hechos, estando el primero en trámite y sin contar con un pronunciamiento definitivo, no es conforme a derecho, constituyendo un acto temerario que pretende lograr una duplicidad de fallos sobre un mismo hecho, induciendo a error a los Tribunales de garantías
- III.4.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR