SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0682/2017-S2
Fecha: 03-Jul-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, y al debido proceso, como consecuencia de su despido injustificado del que fue objeto, a cuyo efecto acudió ante la Jefatura Departamental del Trabajo dependiente del Ministerio del Trabajo, Empleo y Previsión Social, a fin de solicitar su restitución a su fuente laboral, institución que mediante Conminatoria de Reincorporación J.D.T.T. 26/17, ordenó su reincorporación al mismo puesto y funciones que ocupaba al momento de su despido, más el pago de los sueldos y salarios devengados y derechos sociales que por ley le correspondan; sin embargo, pese a esta determinación, el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Tarija, hizo caso omiso a la resolución mencionada.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.3. Petitorio
- a
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la jurisprudencia constitucional relativa a la conminatoria para la reincorporación de las y los trabajadores
- la reincorporación dispuesta por la autoridad administrativa mediante resolución expresa dictada por las jefaturas departamentales de trabajo
- III.3. Cumplimiento íntegro de la conminatoria de reincorporación
- que en ningún momento establece que el cumplimiento deba ser únicamente de una parte u otra de la conminatoria, sino más bien se entiende, que debe ser de la totalidad de la misma;
- Motivo por el que corresponde cambiar la referida línea constitucional y establecer que a partir de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional,
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo