Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0683/2017-S2
Fecha: 03-Jul-2017
II.2.
II.2. Impugnando la Sentencia Disciplinaria 10/2016, la accionante formuló recurso de apelación, mismo que fue resuelto por Cristina Mamani Aguilar y Roger Gonzalo Triveño Herbas, miembros de la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura -demandados- mediante Resolución Disciplinaria SD-AP 244/2016 de 13 de mayo, el cual confirmaron totalmente la decisión confutada, siendo ésta recurrida de complementación y explicación, y resuelta por Auto de 14 de julio del año señalado, declarando no ha lugar dicha solicitud (fs. 94 a 98 y vta.; 107 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. La acción de amparo constitucional no constituye una instancia de revisión de la jurisdicción ordinaria
- III.3. El debido proceso en su elemento de fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR