Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0730/2017-S2
Fecha: 31-Jul-2017
II.2.
II.2. Por escrito de 3 de julio de 2016, el Ministerio Público formuló recurso de apelación impugnando el Auto 124/2015, que fue resuelto por Auto de Vista 98/2016 de 29 de noviembre, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, que revocó el fallo confutado y dispuso la prosecución de la tramitación del proceso hasta su conclusión; determinación que le fue notificada al justiciable el 4 de enero de 2017 (fs. 7 a 9; y, 14 a 18).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- Fragmento 5
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional
- la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso es un beneficio otorgado a las partes que puede declararse durante la tramitación de todo el proceso penal, desde el momento que marca su inicio, como es la sindicación en sede policial o administrativa hasta que la sentencia adquiera ejecutoria
- , el cómputo del plazo para la
- REVOCAR en todo