Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0730/2017-S2
Fecha: 31-Jul-2017
REVOCAR en todo
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 44.2 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: REVOCAR en todo la Resolución 03/2017 de 16 de junio, cursante de fs. 50 a 54 vta., pronunciada por el Juez Público de Familia Cuarto del departamento de Oruro; y en consecuencia, CONCEDER la tutela impetrada disponiendo la nulidad del Auto de Vista 98/2016 de 29 de noviembre debiendo emitirse uno nuevo conforme lo expresado en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- Fragmento 5
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional
- la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso es un beneficio otorgado a las partes que puede declararse durante la tramitación de todo el proceso penal, desde el momento que marca su inicio, como es la sindicación en sede policial o administrativa hasta que la sentencia adquiera ejecutoria
- , el cómputo del plazo para la
- REVOCAR en todo