SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0730/2017-S2
Fecha: 31-Jul-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la lesión de sus derechos al debido proceso en sus elementos de la debida fundamentación y motivación, de legalidad y seguridad jurídica, toda vez que la autoridades demandadas, mediante Auto de Vista 98/2016, revocaron el Auto 124/2015, pronunciado por el Tribunal de Sentencia Penal Segundo mediante el cual declaró probada la excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, disponiendo la prosecución del mismo hasta su conclusión. Dicha determinación, efectuó una incorrecta interpretación del art. 133 del CPP, referido al cómputo de plazos para la extinción de la acción por duración del proceso, estableciendo que el inicio de término se computa desde la imputación formal, siendo que conforme la jurisprudencia constitucional, el plazo se computa desde el primer acto administrativo o judicial, por ende en su caso, el cómputo se inicia desde la presentación de la denuncia; es decir el 18 de agosto de 2011, máxime si la dilación en la tramitación de la causa no se debió a actos atribuibles a su persona; extremo que no fue debidamente compulsado por los demandados; además de ello, el Auto de Vista 98/2016, objeto de la presente demanda, no contiene la debida fundamentación y motivación, por cuanto, no expresa de manera clara, por qué los demandados consideran que su caso es de complejidad, lo que hace inaplicable la jurisprudencia contenida en los Autos Supremos 448 y 222 que versan sobre ilícitos diferentes al que se le endilga, lo que igualmente impide su aplicación por analogía.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- Fragmento 5
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional
- la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso es un beneficio otorgado a las partes que puede declararse durante la tramitación de todo el proceso penal, desde el momento que marca su inicio, como es la sindicación en sede policial o administrativa hasta que la sentencia adquiera ejecutoria
- , el cómputo del plazo para la
- REVOCAR en todo