SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0731/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
Fragmento 11
La accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus vertientes de fundamentación, motivación y congruencia, a la ciudadanía en sus elementos a ser elegido y debido proceso; toda vez que, el Comité Electoral de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta Catedral de Tarija Ltda., mediante nota de 12 de mayo de 2017 inhabilitó su postulación para la renovación del Consejo de Administración y vigilancia de dicha entidad, señalando que no cumplió el requisito 1 de la convocatoria; que fue impugnada y de igual forma a través de nota de 15 de igual mes y año, las autoridades demandadas confirmaron su inhabilitación, repitiendo lo mismo que en la primera nota, de no tener los diez depósitos mínimos en su cuenta de ahorro, sin ajustarse a lo señalado por el art. 27.19 y 31 del Reglamento de Elecciones de la referida Cooperativa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 4
- a)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 11
- III.1.Sobre el nuevo contexto constitucional desde una visión plural
- III.2. Sobre la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre los elementos del debido proceso
- la fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales
- Fragmento 16
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1)
- CONFIRMAR