SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0760/2017-S2
Fecha: 31-Jul-2017
III.3. Competencia de los jueces y tribunales de sentencia para conocer medidas cautelares
Conforme al entendimiento antes anotado, toda solicitud vinculada a la libertad del imputado, debe merecer un trámite acelerado, y, por la importancia de ese derecho, es posible que el juez o tribunal, aun considerándose incompetente, pueda resolver una solicitud de medidas cautelares cuando con carácter previo fijó audiencia para la consideración de esas medidas»’.
En ese sentido, a través de la jurisprudencia referida se ha determinado que la autoridad jurisdiccional para conocer y resolver la aplicación o modificación de medidas cautelares una vez concluida la etapa preparatoria es el juez o tribunal de sentencia, autoridad que ejerce control jurisdiccional dentro del proceso.
En relación a la supuesta pérdida de competencia del juez o tribunal de sentencia, a causa de la existencia de un nuevo sorteo o de una disposición que resuelva la remisión del proceso ante otro juzgado, la misma jurisprudencia citada determinó que es el juez o tribunal de sentencia que conoció la solicitud de medida cautelar, quien antes de remitir el proceso ante el juzgado correspondiente, deberá conocer y resolver la misma; es decir, en tanto el proceso aún no se haya radicado en el juzgado o tribunal de sentencia al cual debe ser remitido, todas las solicitudes relacionadas a medidas cautelares, en virtud al carácter fundamental y primordial del derecho a la libertad, deben ser resueltas independientemente de que este haya perdido competencia en el proceso”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Finalidad y alcances de la acción de libertad
- III.2. Sobre el principio de celeridad en los procesos penales
- Fragmento 14
- III.3. Competencia de los jueces y tribunales de sentencia para conocer medidas cautelares
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo