Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0777/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
II.2.
II.2. En audiencia del 15 de marzo de 2017, la Jueza de Instrucción Penal Sexta del departamento de Cochabamba, con relación al memorial de 24 de febrero de 2017, aclarando que en materia penal no existe representación en razón al carácter personalísimo de la acción, rechazó el memorial de incidente de nulidad de notificación con la imputación formal (fs. 31 y vta.).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercer interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- III.2. El principio de subsidiaridad en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR