Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0777/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
II.4.
II.4. Por providencia de 4 de abril de 2017, la autoridad encargada del control jurisdiccional de la investigación penal señaló “…en cuanto a la nulidad de notificación estese a lo dispuesto en audiencia de 15 de marzo de 2017” (sic); y por Auto de la misma fecha, se declaró precluida la etapa preparatoria al no existir cuestión pendiente por resolver, disponiéndose la remisión de antecedentes ante el tribunal de sentencia de turno (fs. 9 y 5).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercer interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- III.2. El principio de subsidiaridad en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR