SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0793/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
II.2.
II.2. Cursa carta notariada de 13 de febrero de 2017, dirigida a Juan Jose Balderrama Sanchez, Presidente de la Fraternidad Taller Cultural “Tinkus Wistus”, a través de la cual Miguel Carlos Chavez Uriona, refirió que: “…una vez que he dejado la directiva he sido objeto de varias irregularidades por parte de los nuevos miembros, las misma que he venido sopesando y aguantando, tal es así que en una ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA que fue convocada de forma ilegal, de fecha 27 de Octubre de 2016, se ha dispuesto MI SUSPENSIÓN MISMA QUE FUE TRANSMITIDA DE FORMA ORAL A TODOS LOS PRESENTES…” (sic), solicitando dejar sin efecto la Resolución referida, en vía de impugnación, la cual fue entregada por Nelson Armando Clavel Morales, Notario de Fe Pública de Primera Clase 101 del departamento de La Paz, (fs. 20 a 23 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.
- III.1.Sobre el nuevo contexto constitucional desde una visión plural
- III.2. Sobre la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el debido proceso
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte
- 1º CONCEDER